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Tags – Palabras Clave

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Si hay grupo empresarial hay responsabilidad solidaria en materia de derecho laboral?

En situaciones de despidos de trabajadores, es importante determinar qué tipo de responsabilidad podría haber en relación con el grupo empresarial en el que estuviera integrada la empresa empleadora. La ausencia de grupo de empresas mercantil, evitaría en principio (lo contrario podría llevarnos a un caso de laboratorio), la exigencia de examinar la situación económica global de las que lo integran.

No obstante, la jurisprudencia, en caso de que existencia de grupo empresarial, para que pueda derivarse responsabilidad hacia el resto de empresas del grupo exige la existencia de las circunstancias siguientes:

-       una prestación indiferenciada de servicios, es decir que unos mismos servicios puedan ser prestados por una u otra empresa indistintamente.

-       caja única: que los flujos de dinero puedan ir a ambas empresas.

-       patrimonio confuso o mezclado,

-       utilización de recursos materiales de conveniencia: que el trabajador, por ejemplo preste servicios para distintas empresas del grupo.

El hecho de que varias empresas  tuvieran relaciones entre sí de grupo empresarial no genera necesariamente responsabilidad solidaria. El grupo debería tener un funcionamiento patológico o desviado, elusivo de responsabilidades laborales.Imagen 66

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